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    Guía

    Cómo habilitar el libro de subcontratación en cada comunidad autónoma

    El libro lo habilita la autoridad laboral de donde está la obra, y cada comunidad lo tramita a su manera. Las diecisiete, más Ceuta, con lo que dice su ficha oficial y el enlace a cada una.

    9 min · por ClickObra · actualizado el 23 de octubre de 2026

    Qué es habilitar el libro, y qué no

    Cada contratista que vaya a subcontratar parte de su obra con una empresa o con un autónomo necesita, antes de hacerlo, un libro de subcontratación habilitado. Lo dice el artículo 13 del Real Decreto 1109/2007, que desarrolla la Ley 32/2006, y añade quién lo habilita: la autoridad laboral del territorio donde se ejecuta la obra, no la del domicilio de la empresa. Una constructora de Valladolid con una obra en Murcia lo pide en Murcia.

    Habilitar consiste en comprobar que el libro cumple el modelo del anexo III del real decreto. No es una autorización para subcontratar ni revisa a las subcontratas: lo que se verifica es el libro, con los datos de la obra y del contratista en su primera hoja.

    Y hay un malentendido que conviene quitar de en medio cuanto antes: que la habilitación se pida por internet no convierte el libro en digital. La ficha de Asturias lo dice con todas las letras: la diligencia telemática sustituye al sello y la firma de la autoridad laboral, pero se mantiene la obligación de tener el libro en soporte físico en la obra. En Cataluña, La Rioja y Murcia la propia administración avisa de que el libro no lo da ella: se compra en librerías.

    Lo que piden casi todas antes de habilitar

    Las fichas cambian de una comunidad a otra, pero hay dos requisitos que aparecen en casi todas. El primero, que el contratista esté inscrito en el REA, el Registro de Empresas Acreditadas. Cataluña añade un matiz práctico: los datos de la inscripción tienen que estar al día y el domicilio social de la solicitud tiene que coincidir con el del REA, o no se puede tramitar.

    El segundo, haber presentado antes la comunicación de apertura del centro de trabajo de esa obra. La Comunitat Valenciana lo lleva más lejos: el formulario pide el número de expediente de la apertura y vuelca en el libro los datos de la obra que se declararon entonces, así que tienen que coincidir.

    Una excepción que repiten varias: el promotor que contrata directamente a autónomos tiene a estos efectos la consideración de contratista y también necesita libro. Galicia y Madrid lo dicen en su ficha, y Galicia lo exime del requisito del REA. Castilla-La Mancha recuerda la excepción del cabeza de familia que contrata la construcción o reparación de su propia vivienda.

    Cantabria es la única cuya ficha exige además tener nombrado al coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución.

    Comunidad por comunidad: de Andalucía a Canarias

    Andalucía. La ficha del procedimiento dice que la relación con la Administración es exclusivamente presencial: en cualquier oficina de registro o en Correos, y lo resuelve la Delegación Territorial de Empleo de la provincia. Se rige por una orden de 2007. En septiembre de 2025 la Junta sacó a información pública un proyecto de orden para simplificar el trámite aprovechando que las empresas ya están obligadas a relacionarse por medios electrónicos; la ficha consultada todavía no recoge el cambio.

    Aragón. Se tramita por vía electrónica, en plazo permanente, y lo resuelve el Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral. Se presentan el modelo de habilitación y el anexo del libro y, si es un segundo libro, el anterior o la declaración y las pruebas de que no se dispone de él.

    Asturias. Por registro electrónico o presencial, aunque las personas jurídicas están obligadas a hacerlo por medios electrónicos. La habilitación es virtual, sin presentar el libro físicamente, y la tramita el Servicio de Ordenación Laboral. Es la ficha que deja escrito que el libro en papel sigue siendo obligatorio en la obra.

    Illes Balears. Por la sede electrónica de la CAIB, que es obligatoria para las empresas; la presencial queda para personas físicas. Va dirigido a contratistas inscritas en el REA, lo resuelve el Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL) y el plazo máximo de resolución es de tres meses.

    Canarias. Su ficha la clasifica como tramitación electrónica completa. Pide estar en el REA y haber presentado la apertura, y es de las pocas con tasa (la 190, «diligencia de libros»): se adjuntan la solicitud, el justificante de pago y las diez hojas del libro cumplimentadas y escaneadas. La diligencia se expide antes de tres días y como máximo en cinco desde la presentación. Lo tramita el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de Las Palmas o de Tenerife.

    De Cantabria a Extremadura

    Cantabria. Telemática por el Registro Electrónico Común, obligatoria para personas jurídicas; la vía presencial, con el libro en mano, es solo para personas físicas. Se presentan la solicitud, copia de la primera hoja del libro con todos los datos y el número de inscripción en el REA, y copia de la comunicación de apertura. La ficha dice que no está sujeto a tasas. Lo lleva la Dirección General de Trabajo.

    Castilla-La Mancha. Solo telemática desde el 3 de enero de 2019, con un formulario en línea, y también para los libros nuevos por agotamiento, deterioro, pérdida o requerimiento judicial. Lo tramita el Servicio de Seguridad y Salud Laboral de cada Delegación Provincial.

    Castilla y León. Electrónica, a través de la aplicación habilitada al efecto. El plazo de resolución es de cinco días hábiles y el silencio es estimatorio. Lo resuelven las Oficinas Territoriales de Trabajo.

    Cataluña. Por internet o presencialmente, en cualquier momento y sin tasas. Se presenta el libro normalizado: la primera hoja con los datos de la obra y el número del REA, y las diez siguientes numeradas, firmadas y selladas por la empresa, con el apartado A rellenado y el B en blanco. Las empresas extranjeras y los promotores que contratan autónomos van por una petición genérica. Lo lleva la Secretaria de Treball.

    Ceuta. La Delegación del Gobierno publica un modelo general de solicitud de «diligencia del libro de subcontratación» dirigido a su Área de Trabajo e Inmigración, en el que se indican la obra y la fecha de la comunicación de apertura.

    Comunitat Valenciana. Telemática, con el número de expediente de la apertura de centro de trabajo (ACAPCT), del que se vuelcan los datos de la obra; hay que completar la dirección facultativa y el número del REA. El Servicio Territorial de Trabajo de la provincia revisa el expediente y, si todo está bien, deja el libro habilitado en la Carpeta Ciudadana para descargarlo.

    Extremadura. Por cualquiera de los medios de la Ley 39/2015, en línea o presencial. Se acompaña el libro en modelo oficial, cumplimentado, sellado y firmado en todas sus páginas, y copia de la apertura. Una vez habilitado, se devuelve por correo postal. Lo resuelve el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, con un plazo máximo de tres meses.

    De Galicia a La Rioja

    Galicia. Obligatoriamente por medios electrónicos: si alguien la presenta en papel, se le requiere que la subsane por la sede, y cuenta como fecha la de la subsanación. Pide estar en el REA y haber comunicado la apertura. Si es por pérdida, se adjunta una declaración responsable; si es por agotamiento, copia de la última página del libro anterior. Lo llevan los servicios provinciales de la Consellería de Emprego.

    Comunidad de Madrid. No requiere el pago de tasas. En la solicitud se indican el promotor, la dirección facultativa, el coordinador de seguridad y salud, el domicilio de la obra, la referencia de la comunicación de apertura y el número del REA del contratista. Si cumple los requisitos, la Dirección General de Trabajo envía la primera página del libro diligenciada en unos quince días hábiles.

    Región de Murcia. Con un formulario electrónico que incluye el pago de la tasa T010 por diligencia de libro. Lo que se obtiene es un documento de habilitación registrado y sellado, con los datos de la obra, que se puede descargar pasada al menos una hora y que la empresa traslada a un libro que cumpla el real decreto, comprado aparte. Antes hay que estar en el REA y haber comunicado la apertura.

    Navarra. Se pide en línea antes de subcontratar, rellenando los datos de la obra, y la habilitación se descarga desde el día siguiente en la consulta de solicitudes. Si se rechaza, se indica el motivo. Lo lleva el Servicio de Trabajo, y lo regulan las Órdenes Forales 333/2007 y 7/2011.

    País Vasco. Las solicitudes se tramitan electrónicamente y exigen haber presentado antes la comunicación de apertura de la obra. Lo atienden las delegaciones territoriales de Trabajo de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, y lo regula la Orden de 18 de enero de 2018.

    La Rioja. Electrónica o presencial. La diligencia de habilitación, firmada electrónicamente, llega a la cuenta de correo indicada en la solicitud y hay que unirla al libro, que el solicitante compra en librerías: la solicitud no incluye el libro. Lo tramita el Servicio de Trabajo.

    Para Melilla no hemos encontrado una ficha publicada del trámite que se pueda enlazar. Lo prudente es preguntar en la Delegación del Gobierno antes de subcontratar.

    Un segundo libro, un libro perdido y una copia para el juzgado

    La regla es la misma en todas, porque sale del real decreto. Si el libro se agota o se deteriora, se pide la habilitación de otro para la misma obra justificando el agotamiento con el anterior. Madrid pide el número de orden de la última anotación, y Cataluña que la numeración siga correlativa en el libro nuevo.

    Si se pierde o se destruye, el empresario lo justifica con una declaración escrita y las pruebas que tenga, se hace constar en la diligencia y después hay que reproducir en el libro nuevo las anotaciones del anterior. Y si un juzgado pide el libro, antes de enviar el original se habilita una copia legalizada.

    De ahí sale el consejo más útil de todo el trámite: tener en algún sitio, fuera del papel, la lista de subcontrataciones con sus fechas. Es lo que permite rehacer un libro perdido sin reconstruirlo de memoria.

    Lo que la habilitación no resuelve

    Con el libro habilitado empieza el trabajo de verdad: anotar cada subcontratación por orden cronológico, con el nivel, el objeto, quién dirige los trabajos, las fechas y la entrega del plan de seguridad, y tenerlo en la obra para la Inspección, el coordinador, la dirección facultativa y los representantes de los trabajadores.

    Esa parte es la que ClickObra genera desde la obra: el nivel de cada subcontrata calculado, su NIF y su alta en el REA comprobados y la fecha de inicio, listo para imprimir y llevar al libro. La habilitación y la custodia siguen siendo del contratista ante la autoridad laboral de cada comunidad: eso no lo sustituye ningún programa.

    Preguntas frecuentes

    ¿Quién habilita el libro de subcontratación?

    La autoridad laboral del territorio donde se ejecuta la obra, según el artículo 13 del Real Decreto 1109/2007. No es la del domicilio de la empresa: una constructora de una comunidad que trabaja en otra lo habilita donde está la obra. En Ceuta, la Delegación del Gobierno.

    ¿Hay que pagar una tasa por habilitar el libro de subcontratación?

    Depende de la comunidad. Las fichas de Cataluña, Madrid y Cantabria dicen expresamente que no hay tasa. Canarias cobra la tasa 190 por diligencia de libros y Murcia la T010, que se paga en el propio formulario. En el resto la ficha oficial no menciona ninguna.

    ¿Se puede habilitar el libro de subcontratación por internet?

    En casi todas, sí, y en muchas es la única vía: Galicia y Castilla-La Mancha lo exigen, y donde hay vía presencial suele quedar para personas físicas porque las empresas están obligadas a relacionarse por medios electrónicos. La excepción es Andalucía, cuya ficha dice que el trámite es exclusivamente presencial.

    ¿Habilitarlo por internet quiere decir que el libro puede ser digital?

    No. Lo que es electrónico es la diligencia de habilitación, que sustituye al sello y la firma. El libro sigue teniendo que estar en la obra en soporte físico, como recuerda la ficha de Asturias, y en Cataluña, La Rioja y Murcia se compra en librerías porque la administración no lo facilita.

    ¿Qué hace falta antes de pedir la habilitación del libro?

    En casi todas las comunidades, estar inscrito en el REA y haber presentado la comunicación de apertura del centro de trabajo de esa obra. Y pedirla antes de la primera subcontratación. Cantabria exige además tener nombrado al coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución.

    ¿Qué pasa si se pierde el libro de subcontratación?

    Se habilita uno nuevo presentando una declaración escrita del empresario con las pruebas de que disponga, se hace constar en la diligencia y después hay que reproducir en el libro nuevo todas las anotaciones del anterior. Si se ha agotado o deteriorado, se justifica presentando el libro anterior.

    Fuentes

    Quién firma esto

    Lo escribe y lo mantiene el equipo de ClickObra. Cada afirmación de este artículo lleva enlazada la norma de la que sale, en «Fuentes», y la fecha de arriba es la de la última revisión del texto. Si algo ya no es así, dínoslo y lo corregimos con su fecha.

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